📌 1. Reformas fiscales recientes relacionadas con MATERIALIDAD
Las reformas fiscales 2025–2026 fortalecen de manera explícita la obligación de demostrar la existencia real de las operaciones, no solo con CFDI, sino con contratos, evidencia documental y fecha cierta. El SAT ahora puede rechazar deducciones, suspender sellos digitales y presumir operaciones inexistentes si no existe materialidad suficiente.
A) Reforma al Código Fiscal de la Federación 2026
Artículo 29-A, fracción IX del CFF (reforma 2026) exige que los CFDI amparen operaciones reales, no solo documentales.
B) Nuevas facultades del SAT para verificar materialidad
- Artículo 49-Bis del CFF: visitas domiciliarias para verificar CFDI presuntamente falsos.
- SAT puede usar fotos, videos, audios como evidencia.
- Puede suspender la emisión de CFDI si no se demuestra la operación.
C) Materialidad como requisito indispensable para deducciones
El SAT exige evidencia objetiva de:
- Prestación real del servicio
- Recursos materiales y humanos
- Coherencia entre actividad y operación
- Contratos con fecha cierta
D) Criterio de la SCJN sobre “fecha cierta”
La Suprema Corte establece que los contratos privados sin fecha cierta no tienen valor probatorio ante el SAT.
E) Reforma 2026 y RMF 2026
La RMF 2026 refuerza:
- Revisión de materialidad
- Riesgo de restricción de sellos digitales
- Necesidad de expedientes completos
📌 2. Conclusión técnica para BR CONTADORES
Con estas reformas, los contratos se vuelven pieza central de la materialidad. Aunque los servicios impliquen la aceptación de los términos, la autoridad exige evidencia física y documental, por lo que el contrato firmado debe estar en el expediente.
Esto justifica plenamente que BR SERVICES revise, actualice y solicite firma física de contratos.
📌 3. Boletín: Revisión de Contratos por Nuevas Disposiciones Fiscales 2026
Estimados Clientes,
Con motivo de las recientes reformas fiscales 2025–2026, el SAT ha reforzado de manera significativa los criterios de materialidad, es decir, la obligación de demostrar que todas las operaciones y servicios prestados cuentan con evidencia real, verificable y con fecha cierta. Estas nuevas disposiciones se sustentan en las reformas al Código Fiscal de la Federación, la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 y los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Entre los cambios más relevantes se encuentran:
- La obligación expresa de que los CFDI amparen operaciones reales (CFF art. 29-A reformado).
- Nuevas facultades del SAT para verificar materialidad mediante visitas y evidencia digital (CFF art. 49-Bis).
- Rechazo de documentos sin fecha cierta, incluyendo contratos privados (criterio SCJN).
- Mayor riesgo de restricción o cancelación de sellos digitales cuando no exista evidencia suficiente.
En BR SERVICES, la materialidad principal de nuestros servicios es el contrato firmado con cada cliente. Aunque el uso de nuestros servicios implica la aceptación de los términos vigentes, las nuevas disposiciones requieren que nuestro archivo físico esté completo y actualizado.
Durante la próxima semana estaremos imprimiendo los contratos correspondientes, ya que a partir de este año todos nuestros clientes deberán firmar su documento de manera presencial. La firma tendrá una vigencia de un año, por lo que será necesario actualizarla anualmente para mantener el expediente físico en orden y cumplir con las nuevas disposiciones fiscales relacionadas con la materialidad.
Como se indica en nuestro correo de bienvenida:

“Nuestros servicios están regidos bajo el siguiente contrato: https://brcontadores.mx/terminos-y-condiciones/
Pueden pasar a firmarlo en horario de oficina previa cita. Horario de atención: lunes a viernes de 9:30 AM a 5:00 PM.”
Les invitamos a acudir a nuestras oficinas con su INE para realizar la firma correspondiente. Durante los próximos días estaremos contactando a cada cliente para coordinar su cita y asegurar que su expediente quede debidamente actualizado.
Agradecemos su comprensión y colaboración para cumplir con estas nuevas obligaciones y mantener su situación fiscal en orden.
Saludos cordiales,
📌 4. La Materialidad en tu negocio.
Si alguno de nuestros clientes tiene dudas respecto a la aplicación de la materialidad en sus operaciones, les invitamos cordialmente a ponerse en contacto con nosotros. Con gusto atenderemos sus inquietudes y brindaremos la orientación necesaria para asegurar el cumplimiento adecuado de estas nuevas disposiciones fiscales.
Artículos Relacionados y Fuentes:
ContadorMx – Reformas al CFF 2026
ADF Abogados – Materialidad fiscal 2025
El Contribuyente – SCJN advierte sobre fecha cierta
Rafik Legal – RMF 2026
